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Resumen y reflexiones sobre el juicio de Mike, R, J, y Wiliam.

Lunes 30 de mayo de 2011

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La noche del 30 de abril al primero de mayo de 2009, en Cognin, cerca de Chambéry, alcanzadxs por la explosión de un artefacto explosivo artesanal, Zoé moría casi en el acto, mientras que, Mike, gravemente herido, conseguía salir de la fábrica abandonada en la que se encontraban.

La policía y las ambulancias se plantaron rápidamente en el lugar, alertados por el vecindario. Identificaron a Mike y el cuerpo de Zoé. La subdirección antiterrorista (SDAT) se encarga de la investigación. Días más tarde, se llevaron a cabo tres registros en tres okupas. Uno en la que vivía Zoé, una vivienda de cuatro personas en la que normalmente estaba aparcada delante la furgoneta de Mike, así como Les Pilos, vivienda y centro social cerca del centro de la ciudad.

Mandaron a Mike a prisión preventiva en régimen de herido grave en la UHSI (Unidad Hospitalaria de Seguridad Interregional) de Lyon. Pasaría allí dos meses. Luego pillaron sucesivamente a R, J, William, y N1N1, en condiciones diferentes. Todxs, a excepción de William pasarían un tiempo en el talego. Un mes y medio, dos semanas, y tres meses, respectivamente. A continuación, todxs pasaron a disposición judicial, bajo régimen más o menos estricto (asignación de residencia en casa de lxs padres, prohibición de verse, de salir de tal o cual provincia o de Francia, obligación de firmar donde los maderos de la esquina todas las semanas…). En 2011, la jueza de instrucción de la SDAT renunció al caso. El final de la instrucción se le confiaría al tribunal de Gran Instancia de Chambéry, que aceptó el levantamiento de todos los controles judiciales, menos el de Mike.

El proceso tuvo lugar el 25 de mayo de 2012 en el tribunal de gran instancia de Chambéry.

Antes de la audiencia, los maderos filtraron el acceso a la puerta del TGI (Tribunal de Primera Instancia). Dejaron pasar a una clase (40 alumnos) de instituto y a “su†profesor, palurdos que iban a aprender su lección/tomar juramento, lxs inculpadxs y sus familias [los maderos lxs llamaron “los cercanos" pero, mecagüen, qué es ser “cercanx†, ¿no basta compartir las ideas para sentirse “cercanx†?]… y no permitieron la entrada a unas 80 personas que se acercaron en apoyo. Ballet en varios actos.

En un primer momento, autorizaron la entrada a la sala a siete personas (además de a las familias). Estas intentaron deshacerse del profesor y lxs alumnxs, encarándose con ellos (“esto no es un espectáculo†), para poder hacer entrar a más compañerxs. La profesora era incorregible (reservó hacía seis meses) y los siete volvieron a salir, mientras que Mike y Rippert se ponían de acuerdo para dejar la sala y pedir un aplazamiento si no cabía la posibilidad de que todxs asistieran a la audiencia. Llevaban fuera más de media hora. Comenzó mal para las relaciones entre lxs distintos abogadxs, entre Rippert que se orientaba más hacia una petición de aplazamiento y la abogada de J y R que les aconsejaba que se quedaran en la sala de audiencias… lo que por otro lado hicieron, así como William y su abogado. La profe se fue durante la suspensión de la audiencia, a medio día. La clase también, lo que dejaba espacio en el interior de la sala.

Antes incluso de que la audiencia comenzase, gritamos cosas contra la justicia, los clásicos “muro a muro, piedra a piedra, destruyamos todas las prisiones†, “maderos, matones, asesinos†(o una más fresca “me cago en vosotrxs†)†, antes de que nos dijeran que no podríamos entrar más de veinte personas y de ponernos de acuerdo para hacer relevos entre dentro y fuera. En este momento, un periodista de France3 que llegó para hacerse mandar a paseo (debido a su trabajo de cotorra, sí, sí). Por otro lado, no tuvo demasiados problemas para volver a entrar en el tribunal, abriéndose paso tras negociar con los carroñeros. En general, le pasó lo mismo que al del periódico local un poco más tarde. Fuera, en “la explanada rígida como la justicia†se colgaron pancartas. “No podremos hacer nada,/ dejemos hacer, si no amamos la libertad†/ “solidaridad con lxs inculpadxs†/ “la justicia sólo sirve al Poder, abajo el Estado†/ “ni dinero, ni maderos, ni prisiones, ni naciones, liberación de todas las opresiones†, y aún más. También había comida y mesas de información.

Una persona, Mike, comparecía por transporte, fabricación y utilización de artefacto explosivo para cometer daños o destrucción. Otrxs tres, J, R y William comparecían por destrucción de pruebas, lo que constituye obstaculación a la justicia. Una quinta persona (n1n1) podría ser perseguida por destrucción de pruebas, y no la pudieron convocar por razones técnicas (a groso modo, el cargo correspondiente no existe en la ley húngara así que no se pudo utilizar para la extradición. No es posible inculparla de un cargo diferente del que se utilizó para la extradición).

Todxs lxs acusadxs, menos Wiliam, estuvieron en prisión preventiva y se les puso bajo control judicial a espera de la terminación del proceso. Desde el primer momento, el proceso estuvo instruido por la sección antiterrorista. La investigación llegó a la conclusión de que nada confirmaba la hipótesis de terrorismo (no consiguieron designar la asociación delictiva ni la existencia de objetivos precisos) y el proceso pasó, por tanto, a jurisdicción “ordinaria†.

Durante la custodia, a lxs que el juez llamaba lxs tres “limpiadorxs†reconocieron haber destruido fanzines, escritos anarquistas. Uno de ellxs, William, hizo otras declaraciones. Habló de una posible conexión entre la explosión y la celebración, los días posteriores, del G8 en Italia. Contó también que uno de lxs cuatro le había dicho que Zoé le había dicho que habían enterrado las cosas cerca de la fábrica. Y que J y R volvieron del camión de Zoé llevando con ellxs un tarro de mermelada de vidrio transparente en el que había alrededor de 500 gramos de una sustancia que supusieron en el momento que se podía tratar de clorato de sodio. En una audiencia que se llevaría a cabo numerosos meses después de la detención, delante de la jueza de instrucción de la SDAT (en presencia de lxs otrxs tres inculpadxs), los otros inculpados no comprendían muy bien si mantenían o no las declaraciones. Estas, de todas formas, las citaron y/o utilizaron el juez y el fiscal durante el proceso.

El fiscal solicitó un año de prisión incondicional para Mike, y para lxs otrxs tres seis meses de libertad condicional y una multa de 5000 euros cada unx. Hecho bastante raro, la pena pedida por la fiscalía no alcanzaba la duración de la prisión preventiva que dos de lxs limpiadorxs habían cumplido. La sentencia se leyó el 15 de junio de 2012.

Sigue ahora un poco más de precisión en los argumentos y declaraciones que se realizaron a lo largo del proceso y algunas reflexiones que nos vienen.

En grandes líneas le pasó lo mismo al del daubé ["Le Dauphiné Libéré", periódico regional] un poco más tarde que al de France3.

Sobre los vínculos…

El juez casi se contenta afirmando que pertenecían al famoso “movimiento anarcolibertario†(practícalo), mientras decía que tienen todo el derecho de tener ideas contestatarias (es un juez izquierdoso). El juez destacaba los controles de identidad comunes para mostrar los vínculos entre Zoé y dos de lxs “limpiadorxs†precisando que el día de la ocupación del consulado de Dinamarca en Nantes se encontraban entre las personas identificadas, además de Zoé y J. D., que luego se le imputó la explosión de un control de aduanas en Rennes en 2007. A decir verdad, el juez no fue muy preciso en cuanto a la relación entre lxs diferentes inculpadxs. Le preguntó a Mike cuándo se reunió con Zoé, pero no con lxs otrxs tres, no profundizó en los vínculos entre Mike y lxs demás inculpadxs, ni en los vínculos entre las personas acusadas de destrucción de pruebas, ni a nivel humano ni de las ideas. Comparando con el proceso de “malas intenciones†, en París a mediados de junio de 2012, no sentimos el deseo de definir más precisamente las sombras en las ideas/prácticas de lxs diferentes inculpadxs. El juez afirmó que todxs lxs inculpadxs pertenecían a este movimiento, ni siquiera les planteó preguntas sobre sus “compromisos†políticos, (en partidos, en asociaciones tipo 1901, etc.). No interrogó sobre la relación con la violencia de unxs u otrxs, ni siquiera pensó en las acciones en solidaridad que tuvieron lugar en Grecia. Lo que plantearía precisamente, sería el origen de los elementos que participaron en la construcción del artefacto que explotó intentando, de paso, hacerle decir a Mike que fue él quien se encargó de comprar el clorato de sodio para después proponerle el experimento a Zoé… (sin éxito)…

Sobre las estrategias de defensa de lxs inculpadxs…

Los matices sobre el grado de cooperación que lxs inculpadxs aceptaron tener con la justicia, lxs que estuvieron presentes a lo largo de toda la instrucción (sobre el hecho de presentarse o no donde los polis, de aceptar o no chivarse de sus coinculpadxs detenidxs, de respetar o no el control judicial…) también estuvieron presentes durante el proceso. Por ejemplo, en la elección de responder más o menos largamente a las preguntas del juez sobre la dimensión de la vida profesional, proyectos de futuro, etc. (lo que quedó claro es que te amoldaste, ¿ahora estás limpio?). Y el juez que solo podía remarcar la diferencia, en la cooperación, entre la persona que le respondió de forma mínima y, al final del proceso, hizo lectura de una declaración que ponía por delante cierto número de ideas y en la que detallaba el desarrollo de los estudios de derecho que acababa de empezar…

Todxs lxs abogadxs se basaron en el hecho de que si las investigaciones de la SDAT no tenían permitido establecer la existencia de una asociación delictiva ni el vínculo entre la explosión y las ideas proclamadas por unxs y otrxs (la existencia de objetivos precisos) es porque no existían ni la una ni la otra. Vamos, que confiamos en los especialistas, legitimando, de paso, el trabajo de la SDAT que, es bien sabido, lleva la batuta en materia de terrorismo. Lo que implica, de paso, que cuando la SDAT conserva los cargos en relación con una empresa terrorista, éstos son válidos. (El abogado de Wiliam tuvo un desliz en su argumento de que, a la vista de las estadísticas de la SDAT, sus resultados no son geniales y, la abogada de J y R también se burlaba de ellxs de paso, ni demasiado malos).

Mike era el único que comparecía bajo las acusaciones de transporte, fabricación y utilización de artefacto explosivo con intención de cometer daños o destrucción y se defendió basándose en estos puntos en los que Rippert defendía la culpabilidad por los cargos relativos al transporte, a la fabricación y a la utilización de artefacto explosivo. Como los tres delitos sucedieron en el mismo momento, le parecía absurdo descomponerlos. Para Mike, Rippert defendía la no culpabilidad en la última acusación que introducía una intención (cometer destrucciones/daños). Rippert volvía también a las declaraciones de William argumentando que, cuando Mike y Zoé echaron azúcar en un bote de azúcar y clorato de sodio en un tarro de mermelada, que el hecho de poseer estos elementos de manera separada no constituye un delito (también planteaba el hecho de que el clorato de sodio, “détaupeurs†[petardos para aullentar topos], que los extintores se venden libremente, y que es el hecho de mezclar azúcar y clorato, por ejemplo, lo que es delictivo). Rippert, abogado grenoblés, antiguo maoísta conocido por sus argumentaciones de ruptura, con un cierto gusto por el espectáculo y con su dificultad para trabajar con otrxs abogadxs, comenzó su argumentación reenviando a los jueces su rol de defensores de los intereses de los burgueses, cosa que siempre gusta. “Vosotros representáis al poder político represivo, vuestra única misión es proteger al poder que representáis†. No evitó el aspecto dramático y remarcó cierto número de veces que hubo dos víctimas y habla de una “justicia inhumana†que se habría pasado dos años buscando víctimas que no existían y persiguiendo a las víctimas reales (está claro, la muerte y la ausencia de Zoé no han dejado de hacer daño a muchas personas).

El eje del desarrollo de su alegato se encontraba en el hecho de lo que constituye delito, es decir, la confección del artefacto explosivo, realizada enteramente por Mike y Zoé. Repitió varias veces: “ellos no son como vosotros, no son como nosotros†, que habían “decidido confeccionar una bombita de enamorados†, y “que querían reventar la sociedad en sus cabezas, no en la realidad†. Acabó (nunca cambiamos) presentándolxs como vanguardistas, precursorxs de los combates del período que está por llegar y de todxs esxs pobres que se rebelarán contra la injusticia, contra la desigualdad. Esta compleja articulación, a la que podemos realizar cierto número de críticas, tiene como objetivo responder a la cuestión de las intenciones. Ante las preguntas del juez sobre el por qué, Mike respondía que se trataba de “experimentar†, y su abogado, para resituar esta experiencia en el dominio del fantasma, antepuso su “rabia y los compromisos†, explicando que en este mundo basado en injusticias, lxs “pobres†tendrían que tener “muchas ganas de reventarlo todo†.

A J y R, lxs defendió la abogada que les siguió a los dos durante tres años. A William le defendió otro abogado. En cuanto a las declaraciones que hizo y que iban en contra de sus coacusadxs, él repetiría muchas veces “mentí†. Lxs abogadxs de J, R y William apuntaron sus alegatos hacia el hecho de que existió delito flagrante en cuanto al uso del explosivo, por lo que la policía llegó rápidamente al lugar. Por lo tanto, la destrucción de panfletos no podía obstaculizar el descubrimiento de la verdad y, por ello, pedían su puesta en libertad. Pero, más adelante, en sus alegatos, a veces, hablaban de “culpable†en el caso del “delito principal†, entonces, a pesar de que la culpabilidad de Mike no se había demostrado en cuanto a la intencionalidad, o no, en la utilización del explosivo.

Por otro lado, una parte del alegato volvía a repetir que la destrucción de panfletos no tenía como objetivo obstaculizar a la justicia porque, sino, más que panfletos, lxs limpiadorxs habrían recogido… (seguía una serie de objetos que incautó la policía y cuya presencia se mencionó en los procesos orales). Lo que se podría sobreentender es que los objetos citados tenían un carácter comprometedor y que, desde la óptica de intentar declarar inocentes a sus dueños, deberían haberlos hecho desaparecer… Este alegato conllevaba sobreentendidos desfavorables, que nos podíamos haber ahorrado.

Sus alegatos se basaban, sobre todo, en elementos jurídicos (el abogado de William comienzaba precisando que él “no confunde al estrado/público de un mitin desde el banquillo que ocupa†). La abogada de J y R intentó (¡cómo no!) plantear cosas que pudieran servir a lxs demás inculpadxs, volviendo a añadir en su alegato que había visto en el dossier el famoso plano que presentó el fiscal como “plano del funcionamiento de una bomba†y que lo había interpretado como un basto plano eléctrico (aunque ella no supiera nada sobre eso, pero bueno). Esta vez, su alegato era más ciudadanista que el de Rippert, pues intentaba tomar el camino de la libertad de pensamiento y esas cosas… Además de pedir la puesta en libertad, el abogado de William terminó su alegato con el hecho de que “condenar a William sería volver a escribir (¿en sus antecedentes penales?) que una noche de mayo de 2009, Zoé murió y William tuvo parte de responsabilidad de esta muerte en las horas siguientes†todo porque un fiscal se frustró tras no haber podido designar una asociación delictiva. […]†. ¿Qué quiere decir eso exactamente?

Es bastante probable que a lxs autorxs de estas críticas se les achaque rigidez ideológica y, de hecho, cierto número de compañerxs admiten que, frente a un juez, lo importante es salvar el pellejo. Cierto. Y, formulando esta idea, no hay que distinguir entre alegatos buenos y alegatos malos. A nosotrxs nos costaría hacerlo, porque si lxs abogadxs comentaron puntos que nos parecían importantes, tenemos que encontrarnos en desacuerdo con cierto número de elementos de cada alegato, ya fuera porque políticamente estábamos en desacuerdo con los argumentos utilizados, porque podían perjudicar a otrxs inculpadxs, o porque se utilizaron registros emocionales asquerosos.

Se trata, pues, de esta complejidad incluso si, de hecho, ciertas críticas tocan, desde nuestro punto de vista, puntos más fundamentales que otros. Ciertas críticas podrían superarse, otras no tanto. Se trata de contribuir, por qué no, a madurar las reflexiones en cuanto a las formas/grados de exigencia y expectativas que podemos tener frente a alegatos de abogadxs con los que “nosotrxs†elegimos, a veces, preparar los procesos. En una situación en la que los cargos de unxs y otrxs están vinculados, donde los alegatos se suceden en tiempo reducido y en el mismo espacio, las modalidades de defensa de unxs y otrxs, evidentemente, inciden en la decisión del juez. Sí, la consciencia está en juego, y cuando se decide jugar con ciertos argumentos es importante tener en cuenta lo que puede implicar para lxs demás inculpadxs. Incluso a través de las experiencias unx se puede dar cuenta de que no siempre es tan fácil hacer comprender a lxs abogadxs que hay argumentos que no se quieren utilizar de forma general (el hecho de que no caímos, que nos amoldamos, que nos dejamos atrapar tranquilamente) o, simplemente, argumentos que podrían exonerar de la causa perjudicando a lxs demás inculpadxs… Todo esto nos hace pensar que lxs abogadxs pueden tener ideas y conocimientos técnicos útiles, pero que la decisión de utilizar tal o cual argumento y el por qué, debe venir de (y asumirlo) las personas inculpadas.

Para terminar, una de las cosas que nos parecen significativas, que estuvo presente durante todo el proceso y de la que nos gustaría poder discutir más a menudo, es la relación con los escritos “radicales†y la forma de contemplarlos como “ardientes†o problemáticos en sí mismos. Cuestión o problemática que va mucho más allá de las personas inculpadas el viernes (25 de mayo de 2012) por destrucción de pruebas. Pensamos, por ejemplo, en la lucha contra el régimen de aislamiento especial dentro de las cárceles españolas, el FIES (en el 2000), donde un gran número de octavillas/textos desaparecieron cuando una parte de lxs compañerxs tenían razones para temer arrestos/registros. Pensamos en el rechazo de ciertxs compañerxs o conocidxs a pegar ciertos carteles, a difundir ciertos textos que ellos o ellas consideran “sensibles†y, por lo tanto, “asociarse públicamente†con las ideas que enuncian (y que dicen compartir) porque hacen alarde de un rechazo sin concesiones a esta existencia de mierda.

¿Qué márgenes de maniobra nos quedan si empezamos a asumir la idea de que poseer, difundir escritos que recogen las ideas que compartimos, ya es demasiado peligroso o censurable?
¿Qué produce todo esto, en términos de diferenciación y disociación, si estas prácticas se marginalizan, bajo el manto de la represión?
Entonces, ¿cómo podemos darle vida a nuestras ideas, hacerlas accesibles, compartirlas, si se mantienen en secreto?